Ignacio Álvarez-Ossorio
La reacción israelí a la publicación del Informe Goldstone ha sido virulenta. No podía ser de otra manera, puesto que la misión enviada por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas para investigar las violaciones cometidas durante la operación ‘Plomo fundido’ (en el curso de la cual murieron más de 1.400 palestinos y 13 israelíes) ha constatado la sistemática violación del Derecho Internacional y ha denunciado crímenes de guerra tanto por parte de Israel como de Hamás. Ante la gravedad de las acusaciones, que podrían tener devastadoras consecuencias si el Consejo de Seguridad decidiera elevarlo a la Corte Penal Internacional de La Haya, el primer ministro Benjamin Netanyahu ha movilizado todo el aparato propagandístico israelí para desautorizar tanto el contenido del informe como a su principal responsable, el sudafricano Richard Goldstone, fiscal en los tribunales que investigaron los crímenes perpetrados en Ruanda y Yugoslavia. Además de considerarlo desequilibrado, los dirigentes israelíes interpretan que también en Irak y Afganistán se violan a diario los derechos humanos más elementales sin mayores consecuencias, lo que más que un argumento defensivo parece un reconocimiento expreso de la veracidad de las acusaciones formuladas por la Comisión Goldstone.
Es reseñable que el mencionado informe no se circunscriba a la Franja de Gaza, sino que también se extienda al conjunto de los Territorios Ocupados hasta abarcar a Cisjordania y Jerusalén Este. Además, no se restringe a analizar los acontecimientos que tuvieron lugar entre el 27 de diciembre de 2008 y el 18 de enero de 2009, sino que además considera que también el cierre a cal y canto de Gaza desde el triunfo electoral de Hamás en enero de 2006 representa en sí mismo un castigo colectivo intencionado y, por lo tanto, una violación flagrante de la Cuarta Convención de Ginebra. La Comisión Goldstone señala que el bloqueo impuesto sobre el millón y medio de palestinos provoca «un sufrimiento psicológico por la situación de pobreza, inseguridad y violencia, así como el confinamiento forzado en un territorio superpoblado».
El informe interpreta que la operación ‘Plomo fundido’ fue «un ataque deliberadamente desproporcionado destinado a castigar, humillar y aterrorizar a la población civil, disminuir de manera radical sus capacidades económicas y forzarla a una mayor dependencia y vulnerabilidad». Además, indica que el momento en el que se lanzó el ataque, cuando los niños salían de sus colegios y los comercios cerraban sus puertas, fue expresamente elegido para «crear el mayor pánico posible entre la población civil». Constata también la destrucción de almacenes de alimentos, sistemas de saneamiento de aguas y decenas de edificios públicos (el Parlamento y todos los ministerios, pero también escuelas, hospitales y granjas). Para la comisión queda claro que las tropas israelíes actuaron con «desprecio al Derecho Internacional Humanitario y las normas elementales de los derechos humanos» y cometieron «crímenes intencionados, torturas y tratos inhumanos, destrucción generalizada de la propiedad», además de emplear escudos humanos, todas ellas graves infracciones de la Cuarta Convención de Ginebra. La investigación internacional tacha de crímenes contra la humanidad «aquellos actos destinados a privar a los palestinos de sus medios de subsistencia, empleo, hogar y agua y a denegarles la libertad de movimiento, entre ellos el derecho a entrar y salir de su propio país».
Aunque la comisión considera que los lanzamientos de cohetes por parte de Hamás representan también un crimen de guerra por dirigirse a la población civil y no a las fuerzas ocupantes, lo cierto es que también subraya que el pueblo palestino tiene «el derecho a resistir por la fuerza» a la ocupación que pretende «privarles de su derecho a la autodeterminación y su derecho a vivir en paz y libertad en su propio estado». Además destaca que no puede «equipararse la posición de Israel como potencia ocupante con la de la población palestina ocupada o las entidades que la representan, ya que las diferencias en lo que respecta al poder y a la capacidad para provocar daño son obvias y no es posible establecer dicha comparación».
Por último, el informe concluye que, dado que el Ministerio de Defensa israelí desarrolló una investigación que le eximía de toda responsabilidad al considerar que «no se ha encontrado ni un solo incidente en el cual un soldado israelí disparara intencionadamente a un civil palestino», entonces debe ser la comunidad internacional la que investigue dichos crímenes de guerra para evitar que queden impunes. La Comisión Goldstone recuerda que los Estados firmantes de las Convenciones de Ginebra no sólo deben respetar, sino también asegurar el cumplimiento del Derecho Internacional Humanitario para evitar que se perpetren crímenes de guerra y contra la humanidad en cualquier lugar del mundo. Por todo ello reclama al Consejo de Seguridad que reconozca su fracaso a la hora de proteger a la población civil de Gaza y apruebe las medidas necesarias para evitar que se reproduzcan situaciones similares en un futuro.
El Informe Goldstone lanza un alegato a la comunidad internacional para que investigue y juzgue a los responsables de crímenes de guerra y lesa humanidad cometidos durante la operación ‘Plomo fundido’. En consecuencia, sugiere que se eleve el informe a la Corte Penal Internacional para que determine las responsabilidades pertinentes entre los mandos militares israelíes que planificaron la operación ‘Plomo fundido’. Al mismo tiempo recomienda a los Estados firmantes de las Convenciones de Ginebra que «emprendan investigaciones criminales en los tribunales nacionales, empleando la jurisdicción universal, cuando haya evidencias suficientes de la comisión de infracciones graves», con el propósito de perseguir, arrestar y juzgar a dichos criminales.
Ignacio Álvarez-Ossorio es profesor de Estudios Árabes e Islámicos de la Universidad de Alicante, miembro de Bakeaz y autor de ‘Siria contemporánea’ (Madrid, Síntesis, 2009).
© Ignacio Álvarez-Ossorio, 2009; © Bakeaz, 2009.
Publicado en El Correo, 22 de septiembre de 2009.